Finanzas

Entrada en vigor de la nueva ley antifraude

software contabilidad

El 10 de julio de 2021 se publicó en el BOE la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal y que entra en vigor el próximo 11 de octubre de 2021.el pasado 10 de julio de 2021. Está ley, introduce importantes modificaciones en el ámbito tributario y su principal finalidad es luchar contra el fraude fiscal mediante la modificación de diversas normativas fiscales y tributarias.

En el siguiente artículo explicamos las principales medidas de esta ley y en especial como afecta a los softwares de contabilidad.

Principales medidas de la ley antifraude

La ley antifraude incluye medidas muy diversas como el control de las criptomonedas, la limitación de los pagos en efectivo y el control de la contabilidad en B, entre otros.

  • Criptomonedas: Se incluyen medidas para un mayor control sobre la tenencia y operatividad con criptomonedas independientemente de dónde se ubiquen (España o extranjero). Estableciendo la obligación de informar sobre saldos y titulares de estas monedas, así como de todas las operaciones que se realicen con ellas.
  • Limitación de los pagos en efectivo: A partir de ahora, el máximo que se podrá pagar en efectivo serán 1.000€. Esto será aplicable tanto entre particulares como entre empresas.
  • Contabilidad en B: Las empresas y las personas que lleven a cabo una actividad económica deberán mantener al día los registros contables y las facturas emitidas como es habitual. Al mismo tiempo, deberán tener un software contable que se ajuste a unos requisitos específicos para garantizar en todo momento la integridad y conservación de los registros y su trazabilidad. Por otro lado, cabe la posibilidad de que estos sistemas tengan que someterse a certificación, aunque aún no lo han confirmado.

Sanciones por usar un software de doble uso

Una de las medidas más destacadas de la ley antifraude es la prohibición del software contable de doble uso o que permita llevar una doble contabilidad a una organización.
Es decir, aquellos programas informáticos que faciliten la alteración de la contabilidad oficial de un negocio: “la producción, la tenencia o el uso de sistemas y aplicaciones informáticas de gestión contable que puedan manipular y falsear la contabilidad de las empresas” serán sancionados.

En lo que respecta a las sanciones, las mismas afectaran tanto a los usuarios de dichos programas informáticos, como a las empresas creadoras o distribuidoras de ese software, pudiendo estas llegar hasta los 50.000 euros para los primeros y 150.000 euros para los segundos.

Por lo tanto, es importante que las empresas actualicen y adapten sus softwares de contabilidad adecuándose a la nueva normativa para así evitar dichas sanciones económicas antes del 11 de octubre.

Actualización de las soluciones financieras de Exact

En Exact Software ya hemos trabajado para que nuestros programas estén plenamente adecuados a dicha normativa. Puedes ponerte en contacto con nosotros si deseas ampliar más información.

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